
Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-044, de 18 de julio de 2022, el Ministerio de Trabajo emitió dos nuevos listados que permitirán verificar el cumplimiento de obligaciones de empleadores, en materias de seguridad y salud.
Los nuevos listados exigen la presentación de la siguiente información:
1. En el caso de empresas que cuentan con un máximo de 10 trabajadores:
• Datos de la empresa, incluyendo el número de trabajadores activos y regulares, horario de trabajo, número de centros de trabajo, etc.
• Análisis de Gestión de las áreas de:
• Talento humano;
• Administración documental;
•Prevención de riesgos laborales;
• Amenazas naturales y riesgos antrópicos;
• Salud en el trabajo; y,
• Servicios permanentes.
2. En el caso de empresas que cuentan con más de 10 trabajadores:
Además de las obligaciones detalladas en el numeral 1, las empresas que cuenten con más de 10 trabajadores deberán cumplir de manera estricta con lo siguiente:
• Contar con un médico ocupacional para realizar la gestión de salud en el trabajo;
• Evidenciar capacitaciones de los trabajadores en Seguridad y Salud en el trabajo;
• Realizar diagnósticos de factores de riesgos laborales a través de la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos laborales;
• Elaborar planes de emergencia o autoprotección;
• Brindar capacitaciones sobre prevención de amenazas naturales y riesgos antrópicos;
• Mantener un historial médico ocupacional;
• Realizar exámenes médicos ocupacionales y que estos sean comunicados al trabajador;
• Obtener certificados de aptitud médica; y,
• Mantener un botiquín de emergencia para primeros auxilios.
Para más información por favor comunicarse con: fvacas@bustamantefabara.com