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Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-044, de 18 de julio de 2022, el Ministerio de Trabajo emitió dos nuevos listados que permitirán verificar el cumplimiento de obligaciones de empleadores, en materias de seguridad y salud.

Los nuevos listados exigen la presentación de la siguiente información:

1. En el caso de empresas que cuentan con un máximo de 10 trabajadores:

• Datos de la empresa, incluyendo el número de trabajadores activos y regulares, horario de trabajo, número de centros de trabajo, etc.

• Análisis de Gestión de las áreas de:

• Talento humano;

• Administración documental;

•Prevención de riesgos laborales;

• Amenazas naturales y riesgos antrópicos;

• Salud en el trabajo; y,

• Servicios permanentes.

2. En el caso de empresas que cuentan con más de 10 trabajadores:

Además de las obligaciones detalladas en el numeral 1, las empresas que cuenten con más de 10 trabajadores deberán cumplir de manera estricta con lo siguiente:

• Contar con un médico ocupacional para realizar la gestión de salud en el trabajo;

• Evidenciar capacitaciones de los trabajadores en Seguridad y Salud en el trabajo;

• Realizar diagnósticos de factores de riesgos laborales a través de la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos laborales;

• Elaborar planes de emergencia o autoprotección;

• Brindar capacitaciones sobre prevención de amenazas naturales y riesgos antrópicos;

• Mantener un historial médico ocupacional;

• Realizar exámenes médicos ocupacionales y que estos sean comunicados al trabajador;

• Obtener certificados de aptitud médica; y,

• Mantener un botiquín de emergencia para primeros auxilios.

Para más información por favor comunicarse con: fvacas@bustamantefabara.com