MINISTERIO DE TRABAJO AMPLIA PLAZO PARA EL REGISTRO DE “PLANES DE IGUALDAD” HASTA EL 31 DE JULIO DE 2025 

En fecha 10 de enero de 2023, fue expedida la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 234 de 20 de enero de 2023. La misma en su artículo 18 establece “(…) Los Planes de Igualdad de las empresas son un conjunto de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, creados con el objetivo de alcanzar en la empresa la igualdad del trato justo de oportunidades entre mujeres y hombres eliminando la discriminación de cualquier tipo de género y multiculturalidad. Los Planes de Igualdad incluirán las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Los planes de igualdad incluirán todas las dependencias de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.” 

Posterior a ello mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013 de 19 de enero de 2024, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 492 de 5 de febrero de 2024, el Ministerio del Trabajo expidió las Directrices para el Registro de los Planes de Igualdad.  

El 29 de julio de 2024, fue suscrito el Acuerdo Ministerial Nro. MDT- 2024-099 por la Ministra de Trabajo Ivonne Elizabeth Núñez Figueroa con el propósito de actualizar los procedimientos y requisitos para el registro de los Planes de Igualdad en empresas con 50 o más trabajadores. 

En dicho acuerdo ministerial se reforma el segundo párrafo de la Disposición Transitoria Primera del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013, mencionándose lo siguiente:  

“Aquellos empleadores que cuenten a su cargo con una nómina de 50 o más trabajadores, deberán realizar el registro de los “Planes de Igualdad” ante el Ministerio del Trabajo hasta el 31 de julio de 2025; y, una vez concluido este plazo el Ministerio del Trabajo procederá con el proceso de control y sanción correspondiente en caso de evidenciar la omisión del cumplimiento del “Plan de Igualdad”  

Además de ello se indicó que el Ministerio del Trabajo procederá con procesos de control y sanción en caso de incumplimiento después de este plazo. 

En caso de requerir información adicional, por favor contactarse con el correo electrónico laboral@bustamantefabara.com