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En el Registro Oficial No. 175 de fecha 24 de octubre de 2022 se publicó el “Reglamento para Reducir Progresivamente la Quema Rutinaria de Gas Asociado en Tea” (Acuerdo Ministerial No. MEM-MEM-2022-0047-AM) (en adelante, el “Reglamento”).

El Reglamento tiene por objeto implementar la sentencia dictada el 29 de julio de 2021 por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Sucumbíos dentro del juicio por acción de protección No. 21201-2020-00170 (“Caso Mecheros”), en la cual se ordenó:

1. Que el Ministerio de Energía y Minas, conjuntamente con las empresas petroleras, actualice el plan para la eliminación gradual y progresiva de los mecheros tradicionales para la quema de gas, para lo cual se concedió un plazo de 18 meses para retirar los mecheros ubicados cerca a centros poblados, y un plazo hasta diciembre de 2030 para todos los demás.

2. Que el Ministerio de Energía y Minas solamente podrá conferir autorizaciones para la instalación de mecheros para la quema de gas en lugares apartados, cuando se presente nueva tecnología que reduzca la contaminación ambiental o cuando se implemente tecnología que permita el aprovechamiento del

Este Reglamento aplica a todas las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que se encuentren en exploración y/o explotación hidrocarburífera (en adelante, los “Sujetos de Control”).

Respecto a las facilidades existentes, los Sujetos de Control, previo al uso y quema de gas asociado, deberán contar con aprobación del Ministerio de Energía y Minas y contar con un “Plan para la Reducción Progresiva de la quema rutinaria de gas asociado”. En cuanto a las facilidades nuevas, los Sujetos de Control, previo al uso y quema de gas asociado, deberán contar con aprobación del Ministerio de Energía y Minas y contar con un “Plan de Optimización de gas asociado”.

Los Sujetos de Control deberán elaborar y entregar al Ministerio de Energía y Minas y a la Agencia de Regulación y Control (ARC) el “Plan para la Reducción Progresiva de la quema rutinaria de gas asociado” o el “Plan de Optimización de gas asociado”, según corresponda, hasta el 31 de octubre de 2022; o su actualización hasta el 31 de marzo de cada año.

El Reglamento también establece normas de control, normas de registro documental, obligaciones de información, y un régimen de sanciones.

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Rafael Valdivieso: rvaldivieso@bustamantefabara.com

Gustavo Almeida: galmeida@bustamantefabara.com

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