
Estimados Clientes y Amigos:
Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-041, de 15 de marzo de 2022, el Ministerio del Trabajo fija el valor del salario digno para el año 2021 en $447,41.
Este cálculo resulta de la diferencia entre el salario digno de $447.41 y el ingreso mensual del año 2021 que percibió la persona trabajadora o extrabajadora.
SUMA DE COMPONENTES PARA EL CÁLCULO DEL INGRESO MENSUAL:
- El sueldo o salario mensual del año 2021;
- La decimotercera remuneración proporcional del tiempo laborado del año 2021;
- La decimocuarta remuneración proporcional del tiempo laborado en el año 2021;
- Las comisiones variables que hubiere percibido la persona trabajadora o extrabajadora por parte de su empleador;
- La participación de utilidades del ejercicio fiscal 2020 y pagadas en el año 2021;
- Los beneficios adicionales percibidos en dinero por el trabajador por contratos colectivos, que no constituyan obligaciones legales, y las contribuciones voluntarias periódicas en el año 2021; y,
- Los fondos de reserva correspondientes al año 2021.
PERIODO DE CÁLCULO:
Desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, si el trabajador o extrabajador laboró en un periodo menor al señalado, se calculará de forma proporcional al tiempo trabajado. En los contratos a tiempo parcial permanente se calculará de manera proporcional al tiempo de horas establecidas en el contrato de trabajo.
COMPENSACIÓN ECONÓMICA:
El valor señalado en los formularios 101 y 102 de la declaración del impuesto a la renta presentado en el Servicio de Rentas Internas corresponden al valor de utilidades.
PAGO DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA:
Se debe realizar el pago hasta el 31 de marzo de 2022, las utilidades del año 2021 deben ser destinadas hasta el 100%, se repartirá de forma proporcional solamente si el valor no cubre el salario digno, el valor de la compensación económica se dividirá para el monto total necesario para cubrir el salario digno y se multiplicará por el valor de las utilidades efectivamente generadas en el año 2021.