
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000063 de 27 de diciembre de 2022 el SRI estableció las tarifas específicas de ICE señaladas en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno para: cigarrillos, alcohol (uso distinto a bebidas alcohólicas y farmacéuticos), bebidas alcohólicas, cerveza industrial, cerveza artesanal, bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida y fundas plástica aplicables para el período fiscal 2023:

Las disposiciones de esta Resolución son aplicables a partir del 01 de enero de 2023.
Nota: La presente Resolución se encuentra publicada en la Gaceta Tributaria y no ha sido publicada al momento en el Registro Oficial.
Para más información contáctanos al siguiente correo electrónico: tax@bustamantefabara.com.