La Corte Constitucional del Ecuador, mediante Sentencia 51-25-IN/25 del 26 de septiembre de 2025, declaró la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional (LOSN).

Con esta decisión, queda sin efecto la prohibición (reformatoria octava) que impedía a las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) participar en actividades relacionadas con:

  • Operaciones financieras
  • Mercado de valores
  • Seguros
  • Minería
  • Sectores estratégicos

Efectos principales de la sentencia con respecto a las SAS:

1. Las SAS no estarán sujetas a la prohibición establecida en la LOSN.

2. Se mantiene el régimen anterior, es decir, que las SAS continúan rigiéndose por la Ley de Compañías y
demás normativa vigente previa a la LOSN, sin limitaciones adicionales.

Si deseas revisar la sentencia completa emitida por la Corte Constitucional, visita el siguiente enlace: Sentencia 51-25-IN/25.