Reglamento General a la Ley Orgánica de Transparencia Social

Estimados clientes y amigos: Mediante Decreto Ejecutivo No. 191, de fecha 27 de octubre de 2025, se expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica de Transparencia Social (R.O. 8vo. Suplemento No. 153, de 28 de octubre de 2025).

Entre otras disposiciones, el reglamento regula el pago a cuenta sobre utilidades no distribuidas y el impuesto único a la distribución de dividendos o utilidades. Con respecto al primer caso, se precisan aspectos relevantes como el cálculo del pago que se debe realizar en el 2025, según la declaración del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio 2024, de la siguiente manera:

  • (+) Utilidad del ejercicio (casilla 615).
  • (-) Pérdida del ejercicio (casilla 616).
  • (-) Utilidades acumuladas de ejercicios anteriores (casilla 611).
  • (+/-) Ajuste del año 2024 por Valoración de Ingresos por el método de participación.
  • (-) Dividendos distribuidos desde el 1 de enero al 31 de julio de 2025.

Se establece también la fórmula para el cálculo correspondiente a ejercicios fiscales posteriores al 2025.

El pago se realizará en el mes de agosto de cada año, de acuerdo con el noveno dígito del número del RUC. Sin embargo, con respecto al anticipo sobre las utilidades no distribuidas correspondientes al ejercicio 2025, la declaración y pago se realizará en noviembre y diciembre, en dos cuotas iguales sin intereses.

Finalmente, se regula la forma para compensar o recuperar este pago en el caso de distribución de dividendos y capitalización de utilidades.

Nota: Este tema será abordado en detalle durante nuestro webinar gratuito para clientes, que se realizará el jueves 6 de noviembre de 2025 a las 18h30. El enlace de registro se encuentra disponible en nuestras redes sociales.

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