El 24 de febrero de 2025, el Ministerio de Salud, mediante el Acuerdo Ministerial 00079-2025, publicado en el Primer Suplemento Nro. 750 de 24 de febrero de 2025 (en adelante “Normativa”), emitió la XIV Ronda de advertencias sanitarias para envases y empaques de productos de tabaco 2025. A continuación, se describen ciertos aspectos relevantes a considerar:
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica para la Regulación y Control de Tabaco, publicada en el registro Oficial No. 497 del 22 de julio del 2011, en los empaquetados y etiquetados de los productos de tabaco, deberán figurar leyendas y pictogramas de advertencia que muestren los efectos nocivos del consumo de estos, estos deben estar sujetas a las siguientes disposiciones:
- Las Advertencias serán elaboradas y aprobadas por la autoridad sanitaria nacional.
- Se imprimirán en forma rotatoria y rotativamente cada año directamente en los empaques
- Serán de alto impacto preventivo, claras, visibles, legibles y no deberán ser obstruidos por ningún medio
- Incluirán pictogramas y mensajes relativos a los efectos nocivos del tabaco, deberán ocupar el 60% de las caras principales, y se ubicarán en la parte inferior de cada cara
- La información sanitaria deberá ser impresa directamente en el empaque, ocupando el setenta por ciento de una de las caras laterales
- La información sobre los componentes y emisiones del tabaco será únicamente cualitativa
- Se prohíbe el empaquetado en presentaciones menores a diez unidades. En caso de otros productos del tabaco, el empaque no deberá contener menos de diez gramos
- Tanto las leyendas de advertencia como la información textual deberán constar en idioma castellano.
Disposiciones importantes del Acuerdo:
- Se establecen seis nuevas advertencias sanitarias que deberán ser incluidas en los empaques de productos de tabaco.
- El periodo de aplicación de estas advertencias será del 1 de julio de 2025 al 15 de julio de 2026.
Objetivos Principales:
- Informar a la ciudadanía sobre los riesgos del tabaco para la salud.
- Disuadir el consumo de tabaco, especialmente en jóvenes y grupos vulnerables.
A quien afecta esta normativa:
- Los fabricantes y distribuidores de productos de tabaco deben adecuar los empaques con las nuevas advertencias antes de la fecha límite, así como a los puntos de venta quienes deben asegurarse que los productos que ofrecen cumplen con la normativa vigente.
Sobre la información sanitaria:
- El texto de la información sanitaria deberá ocupar el 70% de la cara lateral derecha. Esta información irá acompañada con un icono y el texto “Producto Tóxico”.

Sobre las advertencias sanitarias:
Las advertencias sanitarias deberán se impresas directamente en los envases o empaques de los productos de tabaco. Deberán ocupar el 60% de las caras principales y se ubicarán en la parte inferior de cada cara. Las advertencias incluirán pictogramas y mensajes relativos para los efectos nocivos del tabaco.
En la cara frontal se colocará el pictograma o imagen junto con el titulo del mensaje y un txto complementario. En la cara posterior se colocará el pictograma y el contenido del mensaje, que incluirá códigos QR con enlaces a información en línea, además se incluirá el número de contacto: 171 opción 6 “ASESORIA GRATUITA EN SALUD MENTAL.
Los pictogramas deberán imprimirse en alta resolución (300 dpi), por ningún motivo se permite la manipulación o modificación de estos, y se deberá respetar las proporciones de tamaño del archivo original. Los 6 nuevos pictogramas que se utilizarán a partir de julio de 2025 son los siguientes:

Los pictogramas deberán ir acompañados con mensajes relativos a los efectos nocivos del tabaco y estarán compuestos por la palabra ¡ADVERTENCIA!, el mensaje principal, el pictograma y un en lace para ampliar la información. Los mensajes para los respectivos pictogramas son los siguientes:
- Consumir tabaco causa daño cerebral
- Fumar no te calma ¡TE MATA!
- Consumir tabaco destruye tus pulmones
- Fumar causa cáncer de próstata
- Fumar Causa una muerte lenta y dolorosa
- Consumir tabaco envenena el agua
Los pictogramas serán impresos en cuatricromía. El título del mensaje serpa impreso en FONDO NEGRO ENRIQUECIDO y con tipografía color amarillo. La Tipografía que se utilizará en los textos se escribirán utilizando la familia tipográfica Arial, incluyendo Arial Black y Arial Narrow en sus variantes regular y bold, como se desprende a continuación:

Orientaciones de aplicación en las cajetillas:
- Si la cajetilla contiene 10 unidades de 84 mm (king size), y sus dimensiones son de 42 mm de ancho x 87 mm de alto, se utilizará el archivo CAJ-01.ai para la aplicación de la advertencia e información sanitarias.
- Si la cajetilla contiene 10 unidades de 80 mm (long size), y sus dimensiones son de 42 mm de ancho x 82 mm de alto, se utilizará el archivo CAJ-02.ai para la aplicación de la advertencia e información sanitarias.
- Si la cajetilla contiene 20 unidades de 84 mm (king size), y sus dimensiones son de 55 mm ancho x 87 mm alto, se utilizará el archivo CAJ-03.ai para la aplicación de la advertencia e información sanitarias.
- Si la cajetilla contiene 20 unidades de 80 mm (long size), y sus dimensiones son de 55 mm ancho x 82 mm alto, se utilizará el archivo CAJ-04.ai para la aplicación de la advertencia e información sanitarias.
- Si la cajetilla contiene 20 unidades de 70 mm, y sus dimensiones son de 53 mm ancho x 70 mm alto, se utilizará el archivo CAJ-05.ai para la aplicación de la advertencia e información sanitarias.
- Cuando el empaque no posea caras laterales (empaques cilíndricos), la advertencia e información sanitarias se aplicarán en un solo arte.
Estaremos encantados de darte más información al respecto. Para más información contáctanos a los siguientes correos:
Andrés Becdach Fierro: abecdach@bustamantefabara.com
Luis Antonio Rivadeneira: lrivadeneira@bustamantefabara.com
Tomás Bonilla Sevilla: tbonilla@bustamantefabara.com